Propuesta
Crear una nueva relación laboral entre los funcionarios/as públicos y el Estado

¿Qué pasa hoy
con el empleo público?
En la actualidad, existen tres tipos de relaciones contractuales entre las personas y el Estado: planta, contrata y honorarios.
Los trabajadores/as a contrata y a honorarios son la inmensa mayoría del personal, representando más del 70% del del Gobierno Central. La modalidad a contrata es un empleo transitorio que puede prorrogarse cada 31 de diciembre de cada año. Los funcionarios a honorarios son aquellos que prestan servicios a la Administración del Estado, en calidad de de especialistas en determinadas materias, por periodos de tiempo establecidos en su contrato, y no formando parte de la dotación del organismo.
Pese a ello, no tienen reglas claras para ingresar a la administración y pueden ser desvinculados sin derecho a indemnización.
¿Cuáles son las oportunidades de mejora?
- Abordar de manera ordenada las reglas para el empleo público, eliminando actuales vacíos legales sobre el empleo a contrata y la precariedad de los honorarios.
- Simplificar las modalidades de contrato en el Estado, haciendo más eficiente el uso de los recursos.
- Permitir a los funcionarios/as obtener una indemnización por años de servicio cuando dejen de trabajar en la Administración.
- Hacer atractivo el empleo público para jóvenes, mujeres y personas con experiencia tanto pública como privada.
Lo que se propone
1.
Establecer un nuevo régimen para el empleo público, caracterizado por: una relación laboral indefinida entre las personas y el Estado como empleador, y con indemnización por egreso no voluntario.
2.
El nuevo régimen de empleo será obligatorio para las contratas vigentes y los contratos a honorarios que a la fecha cumplan funciones permanentes.
3.
Todo traspaso de funcionarios a contrata al nuevo régimen deberá realizarse con el mismo grado actual y régimen de remuneración.
4.
Quienes reciban la indemnización no podrán incorporarse a una institución de la Administración del Estado, hasta doce (12) meses después de haberse hecho efectiva la salida que da origen al pago de la indemnización.
5.
Se establecen cuatro (4) causales para desvincular a un funcionario/a del empleo indefinido y pagar la consecuente indemnización, las que deben estar fundamentadas.
6.
Se establecen también otras causales de cesación de funciones que no llevan al pago de indemnización.
¿Qué beneficios genera para el país?

Motivación
Tener reglas claras para el empleo público se traducirían en una mayor motivación y mejor desempeño de los/las funcionarios/as públicos, en beneficio de la ciudadanía.

Eficiencia
Permitir un mejor uso de los recursos públicos entregados por todos los contribuyentes.

Seguridad
Otorgar a los funcionarios una seguridad que hoy no existe.

Atraer talento
Hacer más atractivo el trabajar en el Estado, lo que atraerá más talento a la administración pública.
Este texto es un resumen del documento Minuta de posición, disponible en Anteproyecto de ley en la sección Propuestas.