Propuesta

Regular el teletrabajo en sector público como una oportunidad segura y planificada de trabajo a distancia

Funcionaria atendiendo por computador

¿Qué pasa hoy?

Hasta antes de la pandemia por COVID-19, solamente cuatro (4) de un total de 200 instituciones públicas estaban autorizadas por ley para que algunos de sus funcionarios trabajara a distancia.

 

Producto de la pandemia, hasta un sesenta por ciento (60%) de los funcionarios/as públicos debió trabajar desde sus casas, sin contar el Estado con una regulación de esta forma de trabajo.

 

El desafío para las instituciones públicas y para las personas ha sido arduo, pues el contexto es completamente excepcional: niños, niñas y adolescentes en sus hogares sin clases; períodos extensos de confinamiento; falta de resguardos ergonómicos en los hogares; y dificultad para separar el trabajo y la vida personal y familiar, entre muchos otros.

¿Cuáles son las oportunidades de mejora?

Lo que se propone

1.

Regular el teletrabajo en el Estado, facultando a los jefes de servicio de autorizar la eximición de control horario a un porcentaje de su dotación, que por razones fundadas y evaluadas con diversos criterios puedan mantener sus funciones desde sus casas.

2.

Cada jefe/a de servicio podrá definir un plan progresivo, seguro y ordenado para que su institución avance, según sus propias condiciones y prioridades, acordando las funciones y personas que podrán trabajar a distancia, en diversas modalidades. Estos planes deberán ser aprobados por el Ministerio de Hacienda, evaluados y mejorados paso a paso.

3.

Cada servicio público debe informar a los/as funcionarios/as afectos a trabajo remoto las condiciones de seguridad y salud que el puesto de trabajo debe tener, debiendo velar por el cumplimiento de dichas condiciones.

4.

Las/os funcionarias/os públicos que prestan servicios mediante la modalidad de trabajo remoto, mantendrán todos los derechos individuales y colectivos contenidos en los diversos cuerpos legales. Esto incluye, su derecho a participar en las actividades institucionales colectivas que se realicen.

5.

Cada servicio público deberá proveer las tecnologías de la información y plataformas virtuales que se utilizarán, que permitan conectividad y seguridad de la información, y el equipamiento necesario.

6.

El Ministerio de Hacienda podrá solicitar información a los servicios respecto de teletrabajo, y deberá publicarla de forma anónima y abierto a la ciudadanía, debiendo actualizarla al menos una vez al año.

¿Qué beneficios genera para el país?

Productividad

El trabajo remoto podrá contribuir a mejorar la productividad de los servicios públicos, mejorando la prestación de servicio a través de canales más ágiles de atención o digitalizados donde cada funcionario/a pueda prestar ese servicio desde su hogar.

Calidad de vida

Esto contribuirá a mejorar la calidad de vida de los funcionarios/as públicos, reducir los niveles de estrés o tiempos de traslados de quienes prestan servicios, mejorando la disposición y calidad de atención a la propia ciudadanía.

Seguridad

A la vez, permite mejorar las condiciones que el Estado ofrece a sus trabajadores madres o padres, reduciendo las tensiones de conciliación de vida laboral, familiar y personal, concentrándose mayoritariamente en su función.

Calidad

Así también, las métricas y sistemas de trabajo permitirán trabajar sobre la base de resultados y asegurar la productividad de las instituciones públicas.

Este texto es un resumen del documento Minuta de posición, disponible en  Anteproyecto de ley en la sección Propuestas.